Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Sala de Juicio del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION de la Instancia en el presente juicio introducida por el ciudadano PEDRO JOSE VALENCIA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 4.952.413, domiciliado en Guayacán Carúpano, del Municipio Bermúdez, Estado Sucre, representada por el Consejo de Protección del Municipio Bermúdez, contra la ciudadana LUISA TERESA BRAZON DE VALENCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.876.173, domiciliada en sector 22 de Agosto, calle la Quebrada, San Martín, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 267 Ejusdem. Así se decide.-