Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado GLENSO JESUS GARCIA PRADA, venezolano, natural de Carúpano, de estado civil: soltero, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 25.479.669, nacido en fecha 26/09/91, hijo de Dulce Prada y José García, de ocupación u oficio comerciante y domiciliado en: Sector Virgen Del Valle, Calle 06, casa S/N, frente a la venta de gas, playa grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de LESIONES PERSONALES BASICAS, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos JUAN CARLOS RODRIGUEZ RIVAS y CARLOS FRANCISCO RODRIGUEZ SUBERO; Consistente en un.....