En virtud de ello, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, revisa y modifica el cumplimiento de la medida de privación de libertad al sancionado: XXXXXXX; por la comisión de los delitos de robo agravado, privación ilegítima de libertad y ocultamiento de arma de fuego, previstos en los artículos 458, 174 y 277 del Código Penal, respectivamente, en relación con los artículos 7 y 9 de la Ley de Armas y Explosivos, en perjuicio de los ciudadanos XXXXXXX, XXXXXXX, XXXXXXXX y El Estado Venezolano, a la sanción de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES de privación de libertad; quien cumplirá la sanción en la Comandancia General de la Policía de Cumaná Estado Sucre, sitio en el cual deberá permanecer físicamente separado de los internos adultos, conforme a lo previsto en el artículo 641 de la LOPNNA, en consec.....