este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara con lugar la solicitud fiscal y RATIFICA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD impuestas por el Órgano Receptor, en contra del ciudadano JESÚS ESTEBAN GUERRA MARCHÁN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 6.767.372, nacido en fecha 09-02-1970, de 42 años de edad, soltero, profesión u oficio obrero, hijo de María Marchán y Esteban Guerra, residenciado en el Sector Daniel Carias, Casa Nº 64 (a 100 metros del Terminal de Pasajeros), Cumanacoa, Municipio Montes, Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Sobre los derechos de la mujer a una vida libre de violencia, en perjuicio de MARIA MARCHAN; de las establecidas en los numerales 5 y 6 del artículo 87 de la citada Ley Especial y lo Impone de la establecida en el .....