Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA LA CONCILIACION, suscrito por MERARDO JOSE RIVAS, CARLOS JOSE RIVAS, JOSE MANUEL BEJARANO y FREDDY JOSE GUERRA RANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-10.290.303, V-8.329.139, respectivamente, asistidos por la abogada LUZ SALAZAR, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 83.525, Co- demandantes en el presente expediente y por la otra parte la entidad de trabajo MOLINOS NACIONALES, C.A, (MONACA) representado por el apoderado judicial abogado IVAN MAGO ACOSTA, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 42.085. SEGUNDO: Se otorga el carácter de Cosa Juzgada, conforme con lo previsto en el artículo 89, numeral 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, .....