el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA POR EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS regulado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano ENDY JOSÉ MAYZ VELÁSQUEZ, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.997.160, soltero, ayudante de albañil, natural de Cumaná, nacido en fecha 14-03-82, hijo de Manuel Arquímedes Mayz y María del Valle Velásquez, residenciado en el barrio las palomas, detrás del Terminal de pasajeros de Cumaná, sector los ranchos, casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre; y/o el Barrio El Dique Viejo, calle 5, casa S/N°, cerca de la bodega de la Sra. Miriam, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgá.....