este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda, con fundamento a lo previsto en el artículo 256 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, decretar MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano ANGEL JOSÉ BARRETO VILLALBA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.249.457, de estado civil soltero, de ocupación albañil, teléfono N° 0414-7774300, hijo de Carlos José Barreto Y Lourdes De Villalba, y con domicilio en la chica de Mariguitar, calle la chupeta, casa sin numero, al lado del mercal Municipio bolívar del Estado Sucre; consistente en un régimen representaciones cada treinta (30) días por ante la prefectura del Municipio Bolívar Del Estado Sucre, por su presunta participación en el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y LESIONES LEVES,