DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho, anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: Acuerda: Declinar la Competencia para Conocer del Presente Asunto, seguido al ciudadano Anderson José Gamboa Medina, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, Indocumentado, nacido en fecha 30-05-1995, de 17 años de edad, de estado civil soltero, hijo de Iraima Gamboa Medina y Rabel Rondon, y domiciliado en el Sector Los Picaros, Calle La Paz, Casa S/N, cerca de la Escuela Nueve de Abril, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 149 en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La .....