Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso en el presente asunto penal, y establece como condiciones a cumplir por el ciudadano Gabriel José Velásquez Hernández, venezolano, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, nacido el 31-03-86, titular de la Cédula de Identidad N° 22.924.109, hijo de Elilda Hernández y José Caraballo, domiciliado en la Chivera, vía principal, el Sector la Bomba Yaguaraparo, Estado Sucre; durante el plazo de Un año, las siguientes: PRIMERO: Presentarse cada 30 días, por ante la Unidad del Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: No realizar actos de violencia, en contra de la victima, ni de su núcleo familiar, TERCERO: En caso de cambiar de re.....