éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA conceder un lapso de noventa (90) días contados a partir de la presente fecha para que el representante del Ministerio Público presente el acto conclusivo correspondiente en el presente asunto seguido al imputado Armando José Vallenilla González, venezolano, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.376.666, nacido en fecha 28/02/1972, soltero, y residenciado en Quebrada Seca, Cumanacoa, casa S/N, vía San Fernando, Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Culposas y Homicidio Culposo, previstos y sancionados en los artículos 420, en relación con el 413, y 409, todos del Código Penal, en perjuicio de Julio Cesar Márquez; todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal.....