Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RESTITUCION DE GUARDA incoada por el ciudadano ISMAEL GUERRA, en contra de la ciudadana ISAMARY DEL CARMEN GIL, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de sus hijos, en virtud del interes superior de los niños, de conformidad con lo establecido en los artículos 385, 359, 8, 12 y 360 de la LOPNA.-
Se insta a los padres a mantener comunicación y permitírsele a la madre no guardadora, poder establecer visitas y contacto con sus hijos, ya que la estabilidad y el interés Superior es lo más importante.- Notifíquese a las partes en virtud de que la sentencia salió fuera de lapso.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Jugado de Protección del Niño y del adolescente del Segundo Circuito.....