Acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad consistente en presentaciones por cada ocho (08) días por ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal al imputado: Garagorry Pérez Alejandro Marcelo, de 40 años de edad, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 13.769.578, sin profesión definida, nacido el 06-08-1965, residenciado en la Avenida Bolívar, edificio San José, apartamento N° 01 de esta ciudad, por un lapso de seis meses, a partir de la presente fecha, todo de conformidad con lo dispuesto en el articulo 256 numeral tercero y 313 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena librar Boleta de Libertad a nombre del imputado y que sean dirigida al Comandante General de Policía del Estado Sucre, junto con oficio a los fines de su ejecución inmediata. Líbrese oficio al Jefe de Alguacilazo. Se acuerda continuar la causa por el procedimiento ordinario y remitir las actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía Tercera del Ministeri.....