Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO 185-A intentada por el ciudadano, YLDEMAR RAFAEL RODRIGUEZ LYON, contra su conyuge ciudadana CARLYS JOSE RODRIGUEZ GUERRA, ambos plenamente identificados en el encabezamiento de esta sentencia, quedando así, en consecuencia disuelto el Vínculo Conyugal que contrajeron matrimonio civil por ante la Prefectura de la Parroquia Santa Rosa del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el día 23 de Enero de 1.999, fundamentándose en el artículo 185-A del Código Civil.-
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir bienes.
Publíquese, regístrese y déjese copia certifica
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los diecisiete días del me.....