Este tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Impone a los adolescentes sancionados, XXXXXXXXXXXXXXX por la comisión de por la comisión de los delitos de del delito de coautores del delito de lesiones personales gravísimas y robo genérico, previsto en los artículos 414 del Código Penal, en concordancia con los artículos 418 y 425, 455 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano XXXXXXXXXXXXXX; ejecución que se realiza conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646, 647 en concordancia con el 643 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 479 el Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la citada Ley. Visto lo solicitado por la defensa, acuerda concederle el lapso de treinta (30) días para que el adolescente consigne la constancia respectiva a los fines de que acredite el .....