En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida a los adolescentes xxxxxxxxxx titular de la cédula de identidad N° xxxxxxxx, de nacionalidad venezolana, de 16 años de edad, natural de Cumaná, nacido en fecha xxxxxxxx, soltero, estudiante, hijo de xxxxxxxxxx y xxxxxx, residenciado en xxxxxxxxx; teléfono xxxxxx; y xxxxxxxx, titular de la cédula de identidad N° xxxxxxxxx, de nacionalidad venezolana, de 13 años de edad, natural de Cumaná, nacida en fecha xxxxxxx, soltera, estudiante, hija de xxxxxxxxxxxxxx y xxxxxxxxx, residenciada en xxxxxxxxxxxxx; teléfono xxxxxxxxxxxxx; quienes quedaron sancionados, a cumplir las medidas de reglas de conducta por el lapso de un (01) año y seis (06) meses, libertad asistida por el lapso de un (01) año y servicios a la c.....