ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al ciudadano CLEIVER LUIS RODRÍGUEZ MARVAL, venezolano; soltero; de 18 años de edad; estudiante; nacido en fecha 01-08-91; natural de Cumaná; titular de la Cédula de Identidad N° V-23.346.559; residenciado Barrio la Llanada sector 1, calle 5, vereda 5, casa 18, Cumaná, Estado Sucre; la cual se le iniciara por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, e relación con los artículos 7 y 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, en perjuicio del Estado Venezolano, consistente en presentaciones cada 15 días por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por el lapso de 6 meses y así mismo, se le impone al imputado de autos, que no deberá incurrir en hechos si.....