este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar la solicitud fiscal y decreta la libertad sin restricciones a favor del ciudadano JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ AGUILERA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.294.612, de 39 años de edad, estado civil Soltero, natural de Maturín, nacido en fecha 05/11/1974, de profesión u oficio Estudiante de derecho, hijo de Jose Rodriguez y Luisa Aguilera, domiciliado en la Urbanización Bebedero, vereda 92, casa N° 01, Cumaná Estado Sucre; conforme a los artículos 44 y 49 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio a la Comandancia de Policía del Estado Sucre, conjuntamente con boleta de Libertad. Se acuerda que se siga la presente causa por el procedimiento especial previsto en la Ley que rige la materia y se acuerda libertad del imputado desd.....