este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del estado Sucre, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al ciudadano: VICTOR JOSE LOPEZ OTERO venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N°-19.083.398, de 18 años de edad, hijo de Luisa Elena Otero y Víctor Manuel Bolaño, de oficio comerciante, residenciado en la Calle García, N° 107, de esta ciudad de Cumana; por la presunta comisión del delito de: AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana NAIROBIS DEL VALLE OTERO OTERO, por el lapso de UN (1) AÑO, conforme a los artículos 42, 43 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, durante el cual el acusado deberá cumplir con las siguientes condiciones: PRIMERO: Residir en un lugar determinado, estableciendo como su domicilio: Calle García N° 107, Cumaná , Estado Sucre.- SEGU.....