Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, Este Tribunal Tercero De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, Decreta Medida Cautelar Sustitutiva A La Privación De Libertad, En Contra Del Ciudadano Ramón David Herrera Cumana, venezolano, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.513.914, soltero, natural de Cumaná, hijo de Providencia Cumana y Francisco Ramón Herrera, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Sector Plaza Bolívar, calle Nueva, casa sin número, frente a la ferretería de Miguel López, Parroquia Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre; a quien se le iniciara la presente causa, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas; en perjuicio de LA COLECTIVIDAD; todo, de conformidad con lo dispu.....