este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 500 y 510 del mismo Código y 65 y 69 de la Ley de Régimen Penitenciario, resuelve: PRIMERO: OTORGAR a favor de la penada MORELA JOSEFINA MÁRQUEZ, venezolana, natural de Cumaná Estado Sucre, de 30 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.661.599, soltera, de profesión u oficio del hogar, nacida en fecha 12/01/1977, con domicilio en el Sector Los Bordones, calle Nº 01, cerca de la escuela, vivienda tipo rancho, color blanca, con el techo de zinc, sin numero, Municipio Sucre, Parroquia Ayacucho, Cumaná, Estado Sucre, la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de LIBERTAD CONDICIONAL, con la finalidad que continúe así el cumplimiento de la pena .....