este Tribunal TERCERO de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, ratifica las Medidas de Protección y Seguridad impuestas por el Órgano Receptor, y solicitadas por la Fiscal del Ministerio Público, a saber, las establecidas en el artículo 87, numerales 3 concatenada con el numeral 4to, así mismo numeral 5 y 6 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a favor de la Ciudadana MARINA DE LOURDES MARINO quien figura como víctima en la presente causa, seguida en contra del ciudadano FRANCO GIRGENTI SANTAGATI, venezolano, natural de esta ciudad de 45 años de edad, nacido en fecha 14-12-64, casado, de profesión u oficio comerciante, cédula de identidad N° 08.440.551, residenciado en el parcelamiento miranda, calle Uracoa quinta marga, sector f, de esta ciudad, Estado Sucre;; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA F.....