Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del Artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del imputado VICTOR JOSÉ GOMEZ, Venezolano, natural de EL Pilar, Municipio Benítez, Estado Sucre, de 49 años de edad, nacido en fecha: 06-03-1964, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad V.- 10.224.212, hijo de Genaro Lugo y Melania del Carmen Gómez, dirección Sector La Venada, antes de llegar a la bomba de Gasolina, casa s/n rosada de puerta blanca, El Pilar, vía nacional, Municipio Benítez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las .....