ESTE TRIBUNAL QUINTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano JOSÉ EUGENIO VILLALBA SULBARAN, venezolano, 33 años de edad, nacido en fecha 10/10/1978, de estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.124.058, hijo de José Villalba y Vilma Sulbaran, residenciado, Calle Castellón, Casa Nro. 18, a cincuenta (50 Mts) del bodegón Don Omar, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, teléfono 0293-451-54-70. ; a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, previstas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, pena ésta que terminará de cumplir aproximad.....