Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda DE OBLIGACION ALIMENTARIA solicitada por la ciudadana BONIBEL RIVAS DE GARCIA, contra el ciudadano NOEL GARCIA CASTILLO, plenamente identificados en el encabezamiento de la presente decisión, a favor de las niñas NOYBELL PAULINA Y NOEHLLA SOFIA GARCIA RIVAS, este Tribunal condena al progenitor a suministrar a sus hijas el 30% MENSUAL de su sueldo global, el 30% de las utilidades y 30% del bono vacacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 30, 365 y 369 de la LOPNA, en concordancia con el 76 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Jugado de Protección del Niño y del adolescente del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a lo.....