Seguidamente siendo las 3:00 p.m., del mismo día de hoy viernes 15 de Abril del año Dos mil cinco, se traslado y constituyó el Tribunal en la sede donde funciona la Casa Abrigo Menca De Leoni ubicada en la Avenida principal de San Martín Municipio Bermúdez del Estado Sucre, presidido por la Juez de Protección –Sala de Juicio Abg. Azucena Mata de Zabala, El Defensor Público Abg. Rafael Izquierdo, la secretaria Accidental Anabel Moccó, el alguacil Otilio Rivero, El tribunal deja constancia quela representación Fiscal no se hizo presente. Seguidamente el Tribunal fue atendido por la ciudadana Cecilia Villegas, en su carácter de Guía N° 02 de dicho centro, a fin de realizarse la Audiencia Oral En la Medida d Protección Colocación en Entidad de Atención de la niña. En dicho Acto se encontraba presente el ciudadano Antonio García, titular de la Cédula de Identidad N° 3.436.502, en su condición de progenitor del niño en cuestión, Acto seguido la Juez le cede la palabra al Defensor quien expone: a los fines de agotar el orden prelativo que la Ley establece debe concedérsele al señor Antonio García, la oportunidad de que su hija se crié y desarrolle dentro del seno familiar de origen, la cual actualmente solo esta constituida por el referido ciudadano, en virtud que se encuentra separado de la madre de dicho niño y se le desconoce el paradero de la ciudadana todo esto aunado al resultado negativo arrojado por el examen médico forense. Ahora bien en consideración en el contenido el Informe Social y psicológico considero procedente que en caso de entregársele el niño al ciudadano en cuestión sea sometido a un programa de de apoyo u orientación por aplicación analógica del Artículo 124 literal b de la L.O.P.N.A, valiéndose el Tribunal para tal del equipo multidisciplinario para el que cuneta y así lo solicita. Es todo. El Tribunal en virtud de lo anteriormente expuesto pasa a decidir dentro de los cinco días siguientes. Es todo. Termino. Se leyó y conformes firman.
La Juez de Protección –Sala de Juicio
Abg. Azucena Mata de Zabala.
LA GUIA N° 02
El Progenitor
El Defensor Público
La Secretaria Accidental
Anabel Moccó
El Alguacil,
EXP.N° 3.838.-
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