En horas de Despacho del día de hoy viernes 15 de Abril del año Dos mil cinco, siendo las 11:15 a.m., se traslado y constituyó el Tribunal en la sede donde funciona el centro de Atención Integral Tunapuy, ubicado en el Municipio Libertador del Estado Sucre, presidido por la Juez de Protección –Sala de Juicio Abg. Azucena Mata de Zabala, El Defensor Público Abg. Rafael Izquierdo, la secretaria Accidental Anabel Moccó, el alguacil Otilio Rivero, El tribunal deja constancia que la representación Fiscal no se hizo presente. Seguidamente el Tribunal fue atendido por el director del Centro Orlando Valerio, el Instructor de Formación Virgilio Larez y la trabajadora social Carmen Silva, a fin de realizarse la Audiencia Oral en la Medida d Protección Colocación en Entidad de Atención del niño. En dicho acto se encontraba presente el ciudadano Antonio García, en su condición de progenitor del niño en cuestión. Acto seguido la Juez le cede la palabra al Defensor quien expone: A los fines de agotar el orden prelativo que la Ley establece debe concedérsele al señor Antonio García, la oportunidad de que su hijo se crié y desarrolle dentro del seno familiar de origen, la cual actualmente solo esta constituida por el referido ciudadano, en virtud que se encuentra separado de la madre de dicho niño y se le desconoce el paradero de la ciudadana todo esto aunado al resultado negativo arrojado por el examen medico forense. Ahora bien en consideración en el contenido del el Informe Social y psicológico considero procedente que en caso de entregársele el niño al ciudadano en cuestión sea sometido a un programa de apoyo u orientación por aplicación analógica del Artículo 124 literal b de la L.O.P.N.A, valiéndose el Tribunal para tal fin del equipo multidisciplinario para el que cuneta y así lo solicita. Es todo. Asimismo de conformidad con el Artículo 80 de la misma Ley se escucha al niño quien manifestó que quiere irse a vivir con su papá, el Tribunal en virtud de lo anteriormente expuesto pasa a decidir dentro de los cinco días siguientes. Es todo. Termino. Se leyó y conformes firman.


La Juez de Protección –Sala de Juicio
Abg. Azucena Mata de Zabala.

El jefe del Centro
El Progenitor

El Defensor Público


La Secretaria Accidental
Anabel Moccó

El Alguacil,

EXP.N° 3.837.-