ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numerales 2 y 6 y artículo 375, ambos del COPP, admite totalmente la acusación fiscal y CONDENA A CUMPLIR POR EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS, al ciudadano OSCAR JOSÉ ARCIA CASTILLO, de 20 años de edad, natural de Arapo, Estado Sucre; nacido en fecha 02-04-1992, titular de la cédula de identidad N° 25.319.819, soltero, hijo de Oscar Arcia y Carmen Castillo, residenciado en Maturín, vía hacia Aguasae, sector San Pablo, Finca Elegua, localidad de Santa Bárbara, Municipio Santa Bárbara del Estado Monagas; teléfono 0424-931.20.64 (teléfono del dueño de la Finca Elegua, de nombre César Olivier) y 0292-744.45.72; A CUMPLIR LA PENA DE DOS (02) AÑOS DE PRISIÓN, MÁS LAS ACCESORIAS DE LEY, por estar incurso en el delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMO.....