En atención a los fundamentos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la demanda que por Acción Merodeclarativa de Concubinato incoara la Ciudadana Mercedes Teresa Wieststruck Rondón, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.230.947, asistida por el Abogado Gualberto Santiago Ríos Vallejo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.746, contra el ciudadano Luís Jesús Larez Barbosa, titular de la Cédula de Identidad N° V-25.995.638.
Queda así Modificada la sentencia recurrida.-
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del Fallo.-
Insértese, publíquese, regístrese, edítese en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia y déjese copia certificada en este Juzgado. Remítase el presente expediente al Tribunal de la causa en su oportuni.....