declara CON LUGAR lo solicitado por las partes, y en consecuencia, se homologa el acuerdo suscrito el día de hoy entre las partes, en la causa seguida a los adolescentes XXXXXXXXXXXXXXXXXX, a quienes se les inició averiguación por su presunta participación en el delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto en el artículo 456 del Código Penal, en perjuicio de XXXXXXX. Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público para que proceda de conformidad a lo previsto en el articulo 568 de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente; por cuanto resulta innecesario suspender el proceso a pruebas toda vez que se ha dado cumplimiento a las obligaciones pactadas, Todo, conforme a los artículos 564, 565 y 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.Se ordena al funcionario encargado por el Jefe de la División de los Servicios Judiciales, para incluir las decisiones dictadas por este Despacho en la pági.....