En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara efectuado el cómputo en la presente causa seguida a la adolescente xxxxxxxxx; quien fue sancionada por la comisión de los delitos de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto en el artículo 470 del Código Penal vigente, cometido en perjuicio del ciudadano Edgar José Hernández y homicidio calificado en grado de complicidad, previsto en el artículo 406 del Código Penal, en concordancia con los artículos 80 y 84 ejusdem, cometido en perjuicio de los ciudadanos xxxxxx (occiso) y homicidio calificado en grado de frustración, previsto en el artículo 406, 84 y 80 segundo aparte de la misma ley; cometido en perjuicio del niño xxxxxxxx. Cómputo que se realiza con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica par.....