De lo anteriormente explicitado, se constata el cumplimiento de todos los extremos establecidos por la Ley, y en virtud de ello, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Disolución del Vínculo Matrimonial contraído por los Ciudadanos: FRANCISCO ANTONIO SERRANO Y MARIELA DEL VALLE RODRIGUEZ CASTILLO, efectuado por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Valentín Valiente, Municipio Sucre, del Estado Sucre, el día 03 de Septiembre del año 1.990, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil Vigente.