este TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara con lugar la solicitud fiscal y DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado JOSE LUIS MEDINA HERNANDEZ, venezolano, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.909.749, de estado civil soltero, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 09/09/1986, hijo de Lesbia María Hernández y José Luis Medina, de profesión u oficio mecánico, residenciado en El Barrio El Barbudo, Manzana 8, Casa Sin N°, Cumaná, Estado Sucre; por encontrarlo presuntamente incurso en la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Medida esta contenida en el numeral 3° del artículo 256 del Códi.....