Por todo los razonamientos de hecho y de Derechos anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA: la aprehensión del ciudadano Antonio José Quezada Ortegas, quien es Venezolano, nacido el 08-09-77, de 26 años de edad, soltero, de oficio indefinido, titular de la cédula de identidad N° 14.064.782 y residenciado en el Barrio Carabobo, casa s/n, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, a quien la fiscalía primera del ministerio público sigue investigación por la presunta comisión del delito de Hurto agravado, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 4° del código penal en perjuicio de Nelson Ramón Velásquez Rodríguez, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese orden de aprehensión y junto con oficio remítase a la Sub- Delegación Est.....