ESTE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la Apertura a Juicio Oral y Privado en el presente asunto seguido al ciudadano imputados LUÍS CARLOS ROJAS HERNÁNDEZ, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.418.720, nacido en fecha 21-04-1986, de profesión u oficio albañil, hijo de Mirosaira Rojas Hernández y Cecilio González, y residenciado el barrio El Tacal, carretera Cumaná-Puerto la Cruz, cerca del módulo policial, Casa S/N, Cumaná, Estado Sucre; Y JOSÉ LUÍS GARCÍA MARCHAN, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.776252, nacido en fecha 23-09-1985, de profesión u oficio albañil, hijo de Ángel García y Maria de Marchan, y residenciado en el barrio El Tacal, carretera Cumaná-Puerto la Cruz, cerca del.....