este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA y autoriza el Traslado del penado ciudadano EDMUNDO ABDEL BUBS GARCÍA, venezolano, natural de Caracas distrito Capital, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.330-314, nacido el 13-12-1970, casado, de oficio comerciante y residenciado en la Urbanización Gran Mariscal de Ayacucho, edificio 514, piso 3, apartamento 31, Cumaná, Estado Sucre, desde la Comandancia de Policía de Cumaná, Estado Sucre donde se encuentra actualmente hasta el Internado Judicial del Estado Monagas, La Pica, con sede en la ciudad de Maturín; así como procediendo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 3° y 481 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA EXHORTAR al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas.....