Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 49 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano JULIO CESAR MARQUEZ CARVAJAL, quien es venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 25 años de edad, soltero, nacido en fecha 31-08-1986, titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.957.853, de profesión mensajero, hijo de Jesús Salvador Márquez y Maria Carvajal, y residenciado en Guiria de la Playa, Primera entrada, Calle Principal, Casa S/N, al frente de la Licorería El Gran Aguante, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre; todo ello por estar presuntamente incurso en la com.....