, éste TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRES ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con Lugar, la demanda que por INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara el ciudadano: EMIL JESUS MAIZ COVA, titular de la cédula de identidad N° V-12.29.732 contra el ciudadano: CARLOS MIGUEL CEDEÑO ORDOÑEZ, titular de la cédula de identidad N° V-21.535.976.- Segundo: a) Se condena al demandado a cancelar la cantidad de Mil Seiscientos Sesenta Dólares (1.660$), es decir cantidad restante de lo convenido en el contrato verbal celebrado entre las partes; equivalente a su monto en moneda nacional bolívares según la taza del Banco Central de Venezuela para el momento de la ejecución de la sentencia.- b) El pago de los Intereses Moratorios calculados a la rata del cinco (05%) desde la fecha de introducción de la demanda 13/03/24.....