Por todo lo anteriormente expuesto; éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: HOMOLOGADA la demanda de RECONOCIMIENTO EN CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, incoado por la ciudadana: SOLANGEL DEL VALLE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 11.383.101; domiciliada en la Calle Buenos Aires, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, debidamente asistida por el abogado en ejercicio: JASEL JOSE VAZQUEZ VALERIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.318.923, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 289.676, con domicilio procesal en la Calle San Isidro, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, en contra de la ciudadana: VICTORIA MARIA JIMEN.....