este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR la solicitud de cese de medida presentada en este Tribunal de Control, por el imputado de autos HENRY ALBERTO RODRÍGUEZ APONTE, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.909.990, de estado civil soltero, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 29-06-84, hijo de Yunelda Coromoto Aponte Arvelo y Henry Aponte Rodríguez Bello, de profesión u oficio chofer, y residenciado en la Llanada, sector 2, vereda 4, casa N° 20, Cumaná, estado Sucre (casa de su mamá); y en la Urb. Virgen del Valle, Pantanillo, primera calle, casa N° 3, Cumaná, Estado Sucre (casa de su concubina), quien se encuentras incurso en la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de c.....