debe ser tomado en cuenta por el juez a los fines consiguientes..”
En atención a los razonamientos de hecho y de derecho expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, en su Sala de Juicio, bajo decisión de la Jueza segunda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: JOEL JOSÉ SALAZAR SERRANO Y MARY CARMEN COVA CUMANÁ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-11.825.852 y V-12.663.670, respectivamente, casados, cónyuges entre sí, y domiciliados el primero en la Urbanización Fe y Alegría, Sector los Súper Bloque, Bloque 28, Piso 02, Apartamento 01-00, Cumaná Estado Sucre y la segunda en la Avenida Panamericana, Casa Nro: 254, de esta ciudad de Cumaná, casados, cónyuges entre sí, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 184 del Códig.....