Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 01, Administración Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Con Lugar la Revisión de la Medida Cautelar de Fianza, y se sustituye por una Medida Cautelar con Caución Juratoria, a favor del imputado CARLOS ENRIQUE GORDONES FARIAS quien es venezolano, natural de Yaguaraparo, de 22 años de edad, nacido en fecha: 03-03-1992, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.- 23.550.846, profesión u oficio: Comerciante, hijo de: Julio Gordones y Rosalia Farias, y residenciado en Cachipal, Sector Santa Rosa de Lima, Calle Principal, Casa S/n, al lado de la Capilla de Santa Rosa de Lima, Yaguaraparo, Municipio Cajigal, del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Lesiones Personales del Tipo Penal Básico, previsto en el articulo 413 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano Edgar Rodríguez, consis.....