declara:
PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION, propuesta por el ciudadano ROBERT DEL VALLE GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 12.887.43 en contra de PREMEZCLADOS CARUPANO C.A y del ciudadano CARLOS RICCI GIL, la primera inscrita en el Registro de Comercio llevado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en fecha 22-12-1989, bajo el Nº 97, Tomo 39-B, Folios 218 al 222 y el Segundo, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 10.217.449; en los términos establecidos en la sentencia Nº 1.184 dictada por la Sala Constitucional en fecha 22/09/2009, es decir, que los accionantes podrían intentar nuevamente su acción, transcurridos como sean noventa (90) días continuos, contados a partir de la presente fecha, todo ello en atención al principio de la irrenunciabilidad de los derechos laborales previsto .....