Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del acusado ALEXANDER ANTONIO PAZOS BRAVO, quien es Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 32 años de edad, nacido en fecha: 06-08-78, de profesión u oficio Fiscal Industrial; de estado civil Soltero, Titular de la Cédula de identidad Nº V-16.255.946, hijo de Carmen De Pazo y Emilio Pazo, residenciado en: San Roque, frente a la Alcabala, Casa S/N, Municipio Andrés Mata Estado Sucre; por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, AMENAZAS Y VIOLENCIA PATRIMONIAL, previstos y sancionados en los artículos 42, 41 y 50 de la Ley Especial, en perjuicio de la ciudadana ELINEL JOSE BUTTO VASQUEZ; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, nu.....