Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE, a los ciudadanos MILEYCIS DEL CARMEN NÚÑEZ , venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 20.124.808, nacida en fecha: 24-11-84, de 23 años de edad, de profesión u oficio del hogar, hija de Luisa Núñez, y Abrahán José Rodríguez y domiciliada en: Río Caribe, calle la Marina, las Guerrillas, casa S/N, cerca del Comando Policial, ALBERTO JUAN GONZÁLEZ OJEDA, Venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.527.547, nacido en fecha 07-06-1989, de 19 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, y trabajo en el negocio de mi papá, hijo de: Alberto González y Alexis Ojeda, y residenciado en: Calle Victoria, Casa Nº 48, Carúpano Estado Sucre; RAFAEL ANTONIO ACUÑA GARCÍA, Venezolano.....