En virtud de todo lo expuesto, este Tribunal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 548 de la LOPNA declara con lugar la solicitud de Reconsideración de las medidas contenidas en el literal b y g del artículo 582 de la LOPNA, interpuesta por el Dra. Mildred Guerra y acuerda someter al acusado --------, de 20 años de edad (contaba con 17 años cuando sucedieron los hechos), natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 16-11-85, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°. 20.576.965, hijo de Ana Teresa López y Delfín Jesús Martínez, residenciado en La Montañita, sector Piedra Azul (cerca de La Gallera y la Quebradita, a una casa), Cumaná, Estado Sucre; por la presunta participación en el delito de Cooperador en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en.....