Este Tribunal Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda que el penado de autos ciudadano RICHARD ALEXANDER GARCÍA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.359.601, de 29 años de edad, soltero, nacido en fecha 27/08/1978, residenciado en la Avenida José Vicente Gutiérrez, Mundo Nuevo, casa N° 14, Cumana, Estado Sucre, deberá continuar con el Plazo del Régimen de Prueba, hasta completar los OCHO (08) MESES establecidos por este Juzgado, debiendo a tal efecto librar oficio dirigido a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario No-03, Cumaná, Estado Sucre, Región Oriental, informándole de tal decisión.