estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: LUIS ENRIQUE TORRES RODRÍGUEZ Y ANDREA MARGARITA MOYA MARCANO, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la calle 19 de Abril, casa S/N, Parroquia El Morro, Municipio Arismendi del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 11.443.285 y 10.215.056, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto el ciudadano ADONAY LUGO SALAZAR, demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA: ISMERIS GÓMEZ DE SALAZAR a los ciudadanos ADONAY JOSÉ SALAZAR LUGO, ADONYS JOSÉ, ADRIANA JOSEFINA, ISMERYS JOSEFINA Y ARIANNY JOSE.....