Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, conforme a lo establecido en el artículo 578, Literales "A" y "F", y 579 Literales "A", "E", "F", "H" e "I", de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el asunto seguido al Joven Adulto OMISSIS, en la investigación relacionada con la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto en el artículo 09 de la Ley de Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, en perjuicio del ciudadano RONALD ENRIQUE ROMERO ROJAS, en virtud de los hechos ocurridos en fecha: 13-05-2014.
SEGUNDO: SANCIONA al Joven Adulto OMISSIS; por ser declarado responsable penalmente en la ejecución del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto en el artí.....