DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Acuerda: Sustituir la Medida Privativa Preventiva de Libertad por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad; en contra del Imputado DIORVIS RAFAEL CEDEÑO MOLINA, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, soltero, titular de la Cédula de Identidad V- 24.692.950, de profesión u oficio: estudiante, de 21 años de edad, hijo de Mirian Molina y Diógenes Cedeño, nacido en fecha 26/10/1993 y domiciliado en La Gloria Vía el Pilar, Cerca de la Cachapera, Casa S/N, Municipio Benítez del Estado Sucre, teléfono 0424-8211177, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sanc.....