este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: Conforme a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho acuerdo, y a tenor de lo previsto en el segundo aparte del Artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 48 numeral 6° ejusdem, declara la EXTINCION DE LA ACCION PENAL , en el presente proceso, y con fundamento en lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del imputado GREBYS XAVIER RODRÍGUEZ NÚÑEZ, venezolano, mayor de edad, de 20 años de edad, nacido en fecha 03/11/1989, titular de la cédula de identidad N° 23.582.315, soltero, de profesión indefinida, residenciado en la Urbanización Villa Bolivariana, manzana 10, casa número 2.....